La donación de un inmueble debe hacerse en escritura pública. En las donaciones de dinero, hacerlo ante notario da seguridad a ambas partes y deja claro el origen de los fondos.
Antes de firmar le explicamos las consecuencias, incluidos los impuestos que puede tener que liquidar quien recibe la donación.
Qué suele hacer falta
- DNI o NIE de donante y donatario
- Título de propiedad y último recibo del IBI, si es un inmueble
- Justificante bancario, si es dinero
Cada caso es distinto: antes de la firma le confirmamos la documentación exacta.